Las subvenciones que se convocan están destinadas a sufragar los gastos derivados de la movilidad de artistas, creadores/as, agentes y profesionales de la Cultura de Canarias para que muestren sus propuestas entre islas del archipiélago y en el exterior, tanto en el territorio nacional, como en cualquier país del mundo, ya sea en giras, conciertos, residencias artísticas, exposiciones, festivales, ferias y mercados, presentaciones literarias, proyecciones, participación en congresos, foros o encuentros multidisciplinares; así como en investigaciones de patrimonio cultural y difusiones de contenido cultural.
a) Para las actividades realizadas entre el 1 de enero al 30 de junio de 2023, quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
b) Para las actividades realizadas o a realizar entre el 1de julio al 31 de octubre de 2023, quince días hábiles a partir del 1 de noviembre de2023, inclusive.