Subvenciones destinadas a la producción de proyectos de artes escénicas en Canarias 2025
Objeto: fomentar la producción de proyectos de artes escénicas, que sean producidos y estrenados en Canarias por empresas, entidades y profesionales de la Comunidad Autónoma Canaria.
Personas, entidades beneficiarias:
Empresarios individuales, profesionales autónomos, empresas y entidades sin ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Canarias, cuya actividad principal u objeto social se encuentre relacionada con la organización y ejecución de proyectos culturales, incluidos los de las artes escénicas.
Proyectos:
A los efectos de las presentes bases, se entiende por:
- Proyecto escénico: espectáculo escénico destinado a ser exhibido ante una audiencia, en un espacio y durante un tiempo determinado.
- Disciplinas: propuestas de las disciplinas de danza, artes del movimiento, teatro, narración oral escénica, artes circenses, disciplinas escénicas mixtas y otros géneros escénicos.
- Proyecto de producción: procesos y actividades necesarios para el desarrollo y realización de propuestas escénicas desde su ideación hasta su estreno ante la audiencia.
Tiempos de ejecución de los proyectos objeto de subvención:
- Proyectos estrenados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
- Proyectos estrenados o a estrenar entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025.
Cada solicitante podrá presentar, como máximo, un proyecto por cada uno de los periodos establecidos y anteriormente reseñados. Han de ser producidos y estrenados en la Comunidad Autónoma de Canarias, y contar con un 70% de profesionales residentes en Canarias entre su elenco artístico y técnico.
Gastos subvencionables:
Contemplados en la Base 19, se encuentran gastos tales como: salarios y cobertura social del personal; cuotas del empresario autónomo o profesional; Alquiler de espacios y equipamiento técnico; gastos de producción tales como vestuario, peluquería, zapatería, escenografía, maquillaje, utilería o atrezo, etc.; gastos de contratación de servicios profesionales artísticos, técnicos y de producción; entre otros.
Cuantía:
Cuantía máxima a otorgar por proyecto: 80% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado y hasta un límite de treinta y cinco mil euros (35.000,00 €) por proyecto.
Dotación económica de la convocatoria: quinientos mil euros (500.000,00 €).
- Ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €) para proyectos estrenados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
- Trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €) para proyectos estrenados o a estrenar entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025.
Criterios de valoración y baremación: (Base 14. De las bases de la convocatoria).
- Bloque 1. Valor cultural e interés del proyecto.
- Bloque 2. Trayectoria de la persona o entidad solicitante y del equipo del proyecto.
- Bloque 3. Presupuesto, financiación y plan de comunicación.
Para poder ser susceptible de subvención la propuesta debe obtener un mínimo de 30 puntos en el Bloque 1. de los criterios de valoración, y una puntuación mínima de 50 puntos del total de criterios de valoración.
Plazos de justificación:
- Proyectos estrenados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Plazo de justificación: transcurridos 30 días hábiles desde la publicación de la resolución definitiva de concesión.
- Proyectos estrenados o a estrenar entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2025. Plazo de justificación: hasta el 15 de noviembre de 2025. (Excepto aquellos proyectos que soliciten y obtengan el abono anticipado de la subvención concedida, en cuyo caso la ejecución y justificación podrá extenderse hasta el 31/12/25).
Forma de Abono:
El abono de la subvención se hará efectivo previa justificación o de forma anticipada, si así lo solicitará la beneficiaria, una vez dictada la resolución definitiva de concesión y en caso de insuficiencia de recursos para la realización del objeto de la subvención.
Presentación: Tramitación electrónica
Acceso sede electrónica
o entrando en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10494
Documentos orientativos: (adjuntos en el panel de "Documentos y recursos")
* Estos modelos son orientativos, no prescriptivos, para facilitar la cumplimentación de la documentación requerida en las convocatorias. Sin embargo, se aconseja su utilización por contener información que pudiera ser de interés.
* Si tiene problemas para descargar la documentación adjunta, haga clic con el botón derecho del ratón sobre el nombre del documento y seleccione la opción de "Guardar enlace como".
Canal de notificaciones:
ATENCIÓN, las resoluciones, requerimientos y otros trámites de esta convocatoria, a efectos de su notificación se publicarán en el TABLÓN DE ANUNCIOS de la Consejería de Universidades, Ciencia, Innovación y Cultura. Se recomienda visitar con frecuencia dicha web para no expirar los plazos establecidos.
Orden de Aprobación
Bases reguladoras
Anexo II.A Memoria descriptiva
Anexo II.B Memoria gráfica
Anexo III Equipo de trabajo
Anexo IV Declaración responsable
Resolución subsanación