Subvenciones destinadas a proyectos culturales de Gran Formato 2026
A quién está dirigido: Asociaciones, Autónomos y Empresas
Inicio del trámite: Interesado
Beneficiarios: personas físicas yjurídicas que, en cada caso, cuenten con los siguientes requisitos:
a) Empresas o entidades empresariales culturales con objeto social relacionado con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3 con domicilio social y residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Profesionales autónomos, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya actividad profesional principal se encuentre relacionada con la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
c) Entidades sin ánimo de lucro constituidas con arreglo a lo dispuesto en la legislación vigente y registradas en el registro correspondiente de la Administración Pública de Canarias, como mínimo seis meses antes de la publicación de la presente convocatoria, cuyos estatutos y proyecto se refiera a la organización y ejecución de proyectos culturales definidos en la base 1.3.
Formulario de solicitud
Grado de administración electrónica: Nivel 4 - Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea: No
Requisitos previos:
Los proyectos subvencionables habrán de cumplir los requisitos que se relacionan a continuación:
a) Celebrarse en la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Tener formato presencial, virtual o híbrido, con asistencia de público en los tres casos.
c) El presupuesto de gastos del proyecto para el que se solicita la subvención debe ser igual o superior a los cien mil euros (100.000,00 €), impuestos no incluidos.
d) El proyecto deberá alcanzar una puntuación total mínima en la fase de valoración de 50 puntos, de acuerdo con los criterios de valoración previstos en la base 13, siendo excluidos los proyectos que no alcancen dicha puntuación.
e) Cada entidad solicitante (persona física o jurídica) podrá presentar como máximo un proyecto. En el caso de conflicto entre varias solicitudes por este motivo se aceptará a trámite aquella que se haya presentado primero y se desestimará el resto.
A efectos de la presentación de solicitudes para esta convocatoria se entiende que se trata de una misma entidad solicitante si existe vinculación entre personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad, tal y como se establece en los términos contemplados en el artículo 68.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No podrá presentarse a esta convocatoria un mismo proyecto por distintas personas físicas o jurídicas, por más de una entidad solicitante, por diferentes representantes de la misma entidad solicitante, ni por un mismo representante para dos o más entidades solicitantes.
En el supuesto de que dos entidades solicitantes diferentes presenten un mismo proyecto solamente se valorará el de la persona interesada que acredite ser la autora del proyecto, ostentar la titularidad de su marca comercial y/o los derechos de propiedad intelectual sobre el mismo. En caso de que estas circunstancias concurran en personas diferentes, prevalecerá la que ostente la titularidad de los derechos de propiedad intelectual debidamente acreditada.
Cuantía:
La cuantía de la subvención a otorgar a cada proyecto no podrá superar el 50% del gasto subvencionable según el presupuesto presentado, y tendrá un límite de setenta mil (70.000,00) euros por proyecto.
Criterios de valoración y baremación:
Base 13. Criterios de valoración de los proyectos.
13.2. Criterios de valoración para la Modalidad A: Proyectos y actividades culturales relacionadas con las artes escénicas y musicales (la danza, el teatro, las artes circenses y la música)
BLOQUE 1. Valor cultural e interés de la actividad
BLOQUE 2. Presupuesto y plan de financiación
BLOQUE 3. Presentación de la actividad, Plan de comunicación y valoración de la entidad solicitante
13.3. Criterios de valoración para la Modalidad B: Proyectos y actividades culturales relacionados con la literatura y/o el cómic.
BLOQUE 1. Valor cultural e interés de la actividad
BLOQUE 2. Presupuesto y plan de financiación
BLOQUE 3. Presentación de la actividad, Plan de comunicación y valoración de la entidad solicitante
13.4. Criterios de valoración para la Modalidad C: Proyectos y actividades culturales relacionadas con la industria audiovisual.
BLOQUE 1. Valor cultural e interés de la actividad
BLOQUE 2. Presupuesto y plan de financiación
BLOQUE 3. Presentación de la actividad, Plan de comunicación y valoración de la entidad solicitante
Forma de Abono:
El abono de la subvención se hará efectivo previa justificación o de forma anticipada a solicitud del beneficiario, para aquellos proyectos que no hayan sido realizados, y sin que sea necesario la constitución de garantía al efecto, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10,apartado h), y 38.8 del Decreto 36/2009, así como el apartado primero del Acuerdo del Gobierno de Canarias de 26 de diciembre de 2024, de modificación undécima del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por la que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión.
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