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Gobierno de Canarias

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SINAPSIS - Preguntas frecuentes

¿Quién puede ser beneficiario?

Autónomos, empresas (incluidas asociaciones), en los términos previstos en los artículos 1 y 2 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Canarias y personas físicas con el compromiso de constituirse en el momento de recibir la subvención.

¿Qué supone ser beneficiario?

Los 16 proyectos seleccionados recibirán una subvención en especie y una subvención dineraria. Ambas modalidades de subvenciones están vinculadas entre sí, y se recibirán necesariamente de forma conjunta por las personas o entidades que resulten beneficiarias.

¿Cuál es la aportación para los proyectos seleccionados?

Los 16 proyectos seleccionados recibirán una parte de la ayuda en especie y otra en aportación económica.

La ayuda en especie consiste en participar, de forma gratuita y obligatoria, en el programa Sinapsis de incubación para la innovación y el emprendimiento, y está valorada en 9.194,81 €.

La subvención dineraria financiará los gastos derivados del proyecto y no podrá superar la cuantía de 76.000 €.

¿Cuál es la aportación económica para los proyectos seleccionados?

El importe de la ayuda será fijado por la Comisión de Valoración atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, a la información contemplada en el formulario de solicitud y a la documentación aportada por la institución solicitante, sometiéndose la solicitud a las limitaciones siguientes:

El presupuesto del proyecto será igual o superior a 50.000 euros (IGIC excluido)

La cuantía de la ayuda solicitada no excederá de 76.000 euros.

La subvención solicitada no podrá sobrepasar el 80% de los costes subvencionables del proyecto (IGIC excluido). Por tanto, al menos el 20% del presupuesto del proyecto debe financiarse con fondos propios o mediante otras aportaciones distintas de las obtenidas a través de esta convocatoria.

¿Hay incompatibilidad con otras ayudas?

Esta subvención no es compatible con la percepción de fondos estructurales de la Unión Europea.

¿Qué proyectos apoyará Sinapsis?

Los proyectos deben ser replicables, coherentes con la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible 2030 e innovadores conforme a lo establecido en la base 9 de las bases reguladoras.

¿Cómo presento la documentación para solicitar la subvención?

Las solicitudes de subvención tendrán que ser presentadas exclusivamente utilizando los formularios que figurarán en el sitio web https://sede.gobcan.es/sede/

¿Qué documentación se debe enviar para solicitar la ayuda?

El solicitante deberá presentar la documentación general y la documentación técnica que figura en la base 15.3

Dentro de la documentación general según corresponda:

  • Formulario de solicitud y declaración responsable
  • Acreditación del alta en el IAE
  • Acreditación de la identidad de la persona representante del alta en el régimen de trabajadores autónomos o de acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • En su caso, escrito por el que la persona física se compromete a constituirse como empresa o autónoma en caso de resultar beneficiaria de la subvención.
  • Acreditación de la residencia fiscal en Canarias.
  • En su caso, documento justificativo de participación en la formación previa del programa Sinapsis
  • Declaraciones responsables de los Anexos 3, 4, 5 y 6
  • En su caso, certificación o declaración de la insuficiencia de recursos para la realización del objeto de la subvención, a los efectos del abono anticipado.
  • Se incluirá también un Plan de igualdad, en el caso de empresas con 50 o más personas contratadas en plantilla por cuenta ajena.

En cuanto a la documentación técnica:

  • Un resumen ejecutivo del proyecto
  • Presupuesto básico de costes, ajustado a la base 16.
  • Un resumen del carácter innovador, la replicabilidad y eventual escalabilidad, y la coherencia con la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible 2030 del proyecto.
  • Una previsión del modelo de negocio
  • Justificación de la adecuación del proyecto a cada uno de los criterios de valoración de la base 19

La Comisión de Valoración se reserva el derecho a solicitar información adicional.

¿Cuáles son los criterios para valorar los proyectos?

La Comisión de Valoración realizará la evaluación de las solicitudes de proyectos que cumplan con los requisitos de la convocatoria que figuran en las bases 9, 10, 11, 12, 14 y 16.

La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad. Los criterios de valoración están regulados en la base 19:

  1. Participación en la formación previa del programa SINAPSIS.
  2. Adecuación del proyecto a las finalidades de la convocatoria y a los objetivos de Sinapsis.
  3. Originalidad, singularidad y carácter innovador del proyecto.
  4. Solvencia técnica y organizativa del equipo de trabajo.
  5. Viabilidad técnica, económica y presupuestaria del proyecto.
  6. Medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto.
  7. Diversidad del equipo de trabajo

¿Cuándo y dónde se aprueban las ayudas?

La resolución de concesión debe estar dictada y publicada, como máximo, el 29 de septiembre de 2023. A efectos de notificación, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. En todo caso, las subvenciones concedidas se registrarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

La Comisión de Valoración determinarán los proyectos aprobados en la convocatoria y las cuantías de las subvenciones en base a la fórmula que aparece en la base 13.2

¿Cuál es el plazo de realización de la actividad subvencionada?

El plazo de realización de la actividad subvencionada en especie se ajusta a las fases de desarrollo del programa Sinapsis, con el cronograma del 1 de octubre de 2023 a 31 de octubre de 2024 según las fases establecidas en la base 12 y el anexo 2:

  • Fase de incubación (1 de octubre de 2023 a 31 de enero de 2024) que aportará a los proyectos herramientas metodológicas que garanticen su sostenibilidad a medio-largo plazo.
  • Fase de prototipado (1 de febrero de 2024 a 31 de mayo de 2024), en la que los proyectos beneficiarios realizarán un piloto que funcione como prototipo del servicio/formato a desarrollar.
  • Fase de acompañamiento (1 de junio de 2024 al 31 de octubre de 2024), en la que se evaluarán los prototipos testados y se definirán los desarrollos futuros del proyecto a largo plazo.

Los gastos derivados de la subvención dineraria deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.

¿Qué gastos son subvencionables?

Son subvencionables aquellos gastos que se deriven directamente del proyecto y sean estrictamente necesarios para el desarrollo del mismo, incluyendo todo lo necesario para la implementación, testeo y desarrollo del prototipo, digitalización, visitas de cooperación, estudios de caso e intercambio, así como los derivados de la implementación de la estrategia de sostenibilidad económica a medio y largo plazo.

En la base 10 se desarrollan más exhaustivamente los gastos y porcentajes del proyecto que se considerarán subvencionables, entre los que se encuentran:

  • Costes de personal
  • Costes de instrumental y material inventariable, en tanto se utilice en el proyecto.
  • costes de material y productos similares
  • Alquiler de instalaciones, maquinaria o equipos
  • Gastos de alojamiento, locomoción y viajes para las reuniones y actos convocados expresamente por el programa
  • Contratación de servicios
  • Informe de auditoría de cuentas
  • Costes indirectos hasta un 5%

Los gastos derivados de la subvención dineraria deberán realizarse entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.

Abono anticipado

El abono de la subvención se podrá realizar de forma anticipada sin necesidad de constituir garantía al efecto siempre que se cumpla lo establecido en la base 23.2.

¿Cuándo y cómo se justifica la ejecución de la actividad subvencionada?

El plazo para la justificación de la subvención finalizara el 15 de diciembre de 2024.

Según la base 21 los beneficiarios deberán aportar:

  • Memoria de actuación
  • Memoria económica con aportación de informe de auditoría
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones de difusión y publicidad

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